
El Tribunal Supremo exige al Estado que, en un plazo de 10 días, garantice la acogida de los menores migrantes no acompañados llegados a Canarias que hayan solicitado asilo. La medida, solicitada por el Gobierno canario, busca aliviar la situación de hacinamiento y asegurar sus derechos en el Sistema Nacional de Acogida.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha adoptado una medida cautelar que obliga a la Administración del Estado a garantizar la acogida de unos 1.000 menores no acompañados que han solicitado protección internacional en Canarias. El fallo responde a un requerimiento del Ejecutivo autonómico, que alertó del colapso de los servicios de protección de menores ante la llegada masiva de migrantes.
El alto tribunal considera que el Estado no ha puesto a disposición de estos menores el sistema de acogida al que tienen derecho, lo que ha provocado una situación de hacinamiento incompatible con su bienestar. En consecuencia, exige que en un plazo improrrogable de 10 días se adopten medidas efectivas y se informe al tribunal sobre su implementación.
La decisión se basa en la Ley de Asilo y en el reglamento que regula el sistema de acogida de protección internacional, que establece que los solicitantes de asilo deben recibir asistencia social y acogida en condiciones de dignidad. La gestión de este sistema corresponde a la Secretaría de Estado de Migraciones, que deberá coordinarse con el Gobierno de Canarias para cumplir con la orden judicial