La Universidad de La Laguna reactivará el expediente abierto al profesor absuelto de acosar a una alumna
El Rectorado anuncia que levantará la suspensión del procedimiento para continuar la instrucción dado que la sentencia es firme / La ULL rechaza dar su opinión sobre el fallo / La jueza recuerda que la institución educativa es la encargada de sancionar las conductas que no tienen cabida en el ámbito penal
La Universidad de La Laguna (ULL) retomará el expediente disciplinario abierto contra el profesor de Economía Aplicada que el pasado mes de julio fue absuelto por el Juzgado de lo Penal Número 8 de Santa Cruz de Tenerife de un delito de acoso, tras ser denunciado por una alumna de la Facultad de Ciencias de la Información a la que llegó a enviar 80 correos electrónicos en dos meses. Fuentes del Rectorado han confirmado a Mírame Televisión que, una vez que se ha conocido que la sentencia de primera instancia es firme, ya que no fue recurrida por las partes, "lo que procede ahora es levantar la suspensión" del procedimiento para que "la instructora nombrada en su día continúe la tramitación".
Sobre el contenido de la sentencia, que absuelve al profesor Juan Pablo del Río Disdier pero recuerda que su conducta "puede ser sancionable en otras esferas o ámbitos", las fuentes oficiales explican que "la Universidad no tiene nada que decir". La jueza consideró en su fallo que no se daban todos los elementos para condenar al docente porque "no provocó una alteración grave en la vida cotidiana" de la alumna, aunque reprueba su comportamiento, que tildó de "excesivo e inadecuado", además de insistir en que las comunicaciones mantenidas con la estudiante "excedieron de lo académico".
La magistrada también apuntó a la ULL en uno de los párrafos de la sentencia en donde argumenta los motivos de la absolución. "No se puede negar la conducta excesiva e inadecuada del acusado, con absoluta extralimitación del ámbito académico, sin que sea yo la persona adecuada para sancionar conductas laborales que no tocan el marco penal, para eso está la universidad", concluyó.
La ULL abrió un expediente disciplinario contra el profesor de Economía Aplicada tras recibir, en junio de 2017, la denuncia de una alumna de primer curso de Ciencias de la Información. El procedimiento fue suspendido después de que se incoaran las diligencias penales por las que fue juzgado el docente. Según publicó entonces el periódico La Opinión de Tenerife, la institución académica activó en paralelo el Protocolo para la Detección, Prevención y Actuación en los Supuestos de Acoso Sexual y Sexista, que fue aprobado en diciembre de 2014.
El delito por el que fue acusado el profesor, la Fiscalía pedía seis meses de cárcel, está tipificado en el artículo 172,1,2 Ter del Código Penal. Se trata de un tipo delictivo de nuevo cuño, introducido mediante la Ley Orgánica 1/2015, considerado una variante de las coacciones, de cuyo ámbito habían quedado fuera "las conductas de acecho permanente o intento de comunicación reiterada que, sin llegar a las coacciones, sí tienen la entidad suficiente como para producir una inquietud y desasosiego relevante penalmente", según la jurisprudencia del Tribunal Supremo. Una forma de acoso u hostigamiento que no está condicionada a una conducta en la que se manifieste un componente sexual o de género, por lo que tiene difícil encaje en el protocolo de la ULL.
El anterior equipo rector, que encabezaba Antonio Martinón, relevado por Rosa Aguilar tras las elecciones celebradas en mayo en la ULL, había manifestado su intención de revisar el protocolo para hacerlo más efectivo, tal y como reclaman varios colectivos estudiantiles. En declaraciones a la revista Pikara, Sara García Cuesta, exdirectora de la Unidad de Igualdad y profesora de Sociología, explica que el documento fue uno de los primeros en desarrollarse y fue copiado por otras universidades españolas, pero admite que es "susceptible de mejora".
Más allá del protocolo universitario, en el artículo 95 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público se contemplan como faltas muy graves el acoso laboral o el acoso moral, sexual y por razones de sexo; pero antes de imponer una posible sanción es necesario instruir un expediente como el que ahora va a retomar la ULL contra el profesor de Economía Aplicada.
En los hechos probados de la sentencia se recoge que "lejos de tratar temas relacionados con el estricto contenido de la asignatura, el acusado hizo invitaciones personales a conciertos, exposiciones de museos, asistencia al visionado de una película, quedadas en el parque, comprándole un libro en una librería e instándole a que acudiera a recogerlo", entre otras conductas que la jueza considera que se extralimitaron del ámbito académico.
En un comunicado de prensa, la Asociación Canaria de Estudiantes ha manifestado su "preocupación" por lo que consideran una "inacción de la ULL". El colectivo exige que el Rectorado tome "todas las medidas de carácter disciplinario que la legislación universitaria permita dada la gravedad de los hechos". La nota también incide en uno de los elementos que destaca la sentencia cuando recuerda que la Unidad de Igualdad recomendó a la denunciante "que lo dejara hasta que pusiera las notas para que no la perjudicara".
Un aspecto que la magistrada recuerda, junto con el hecho de que solo contestara a cuatro de los 80 correos que recibió, para justificar que la estudiante nunca mostrase de forma explícita su desaprobación a la actitud del profesor de Economía Aplicada. Para la Asociación Canaria de Estudiantes, esta situación "es una prueba de que el protocolo falló estrepitosamente y que debe de ser revisado".