La Sala no ve delito en los comentarios de un joven de 25 años que colgó en la red social frases como "El 11S no fue un drama, fue justicia"
Sociedad
02 abr. 2018

La Audiencia Nacional absuelve a un vecino de la capital tinerfeña acusado de enaltecer el terrorismo en Twitter

La Sala no ve delito en los comentarios de un joven de 25 años que colgó en la red social frases como "El 11S no fue un drama, fue justicia" o "Qué vuelva ya, el MPAIAC" / La sentencia cuenta con un voto particular del magistrado que ha sido recusado en la Gürtel por su cercanía al PP
 

La Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha absuelto a un vecino de Santa Cruz de Tenerife, según consta en una sentencia a la que ha tenido acceso mirametv.com, acusado de enaltecer el terrorismo e incitar al odio en la red social Twitter. La Fiscalía había solicitado la condena del joven de 25 años por colgar en su cuenta personal, entre los años 2012 y 2016, un total de 29 comentarios presuntamente delictivos, como "El 11S no fue un drama, fue justicia"; "¡Qué vuelva ya, el MPAIAC!"; "Soy del Grapo, puta España"; o "Policía bueno, policía muerto".  

La sentencia, a la que se opuso con su voto particular el magistrado Juan Pablo González y González (foto), considera que las opiniones expresadas por el acusado en Twitter "difícilmente pueden considerarse como socialmente admisibles ni tolerables", pero concluye que tampoco "integran un discurso que propale la violencia ni promueva el odio, y menos en relación con determinados colectivos perseguidos o vulnerables, ni tampoco el terrorismo".

De igual forma, los magistrados Julio de Diego López y José Ricardo de Prada Solaesa rechazan que las afirmaciones del acusado, aunque admiten que son "extralimitaciones del derecho a la libertad de expresión", puedan ser consideradas como parte de un discurso de odio. "Los tuits y las expresiones utilizadas fuera de enunciar planteamientos tocados de una cierta, torpe, agresiva radicalidad política antiautoritaria, carecen de cualquier densidad , consistencia o hilazón y no implican la elaboración de un verdadero discurso tendente a ninguna finalidad", argumenta la sentencia.

El fallo judicial insiste en que los comentarios responden a una "mera protesta abrupta, a modo de grito, que se engancha en los aconteceres de la realidad". La Sala recuerda que varios de los tuits se publicaron "coincidiendo con ciertos acontecimientos sociales", y pone como ejemplo las manifestaciones del joven absuelto durante la emisión de un programa de Salvados. La sentencia concluye que "no puede hablarse de ninguna manera de incitación, siquiera indirecta, al odio, a la violencia o al terrorismo". 

No comparte el criterio de sus compañeros de Sección el magistrado Juan Pablo González y González, que argumentó en un voto particular los motivos por los que hubiera condenado al vecino de Santa Cruz de Tenerife. En su escrito considera que "si los colectivos a los que van dirigidos las expresiones de violencia", principalmente enfocados a los Cuerpos de Seguridad del Estado, "hubieran sido mujeres, homosexuales o inmigrantes, nadie hubiera cuestionado que eran manifestación de un discurso de odio y por ello merecedoras de reproche penal". 

Juan Pablo González y González es el magistrado que ha sido recusado como ponente de la sentencia que se dictará sobra la causa que investiga la caja B del PP a raíz de los denominados Papeles de Bárcenas. Las acusaciones, con el apoyo de la Fiscalía Anticorrupción, consideran probado que su relación con el partido que preside Mariano Rajoy fue decisiva para su nombramiento en distintos cargos judiciales. 

González y González explica que "la diferencia en el supuesto contemplado es que el acusado tiene una ideología radical y antisistema, lo que la sentencia denomina radicalidad política antiautoritaria, que actúa como un elemento negativo del tipo o causa de justificación que la ley no contempla". Para el magistrado, "es evidente que hay intención de provocar o incitar" por lo prolongado en el tiempo de los comentarios, además de que "existe también un riesgo abstracto" al llevarse a cabo las manifestaciones "en fechas próximas a la declaración de cese permanente de la actividad por la organización ETA, coincidentes con el grave atentado cometido en Madrid el 11M, y en un momento de grave crisis económica". Cabe recordar que los atentados del 11M tuvieron lugar en 2004, ocho años antes del primer tuit investigado en la causa. 

El magistrado también hace hincapié en su voto particular en que "es conveniente recordar que en la misma época en que se emitieron los mensajes se produjeron diversos atentados en entidades bancarias, que fueron atribuidos a grupos terroristas de ideología anarquista". Fue el propio Juan Pablo González y González el juez que en noviembre de 2015 envío a prisión provisional a seis integrantes del colectivo vegano Straight Edge Madrid, de los que cuatro pudieron eludir la prisión al pagar la fianza. Fueron detenidos por atacar dos sucursales bancarias, aunque el sumario ha sido cuestionado por la debilidad de las pruebas presentadas. 

En marzo de 2017, el Juzgado Central de Instrucción Número 2 puso en libertad provisional a uno de los miembros del grupo, Manuel Bustamante Vergara, conocido con el apodo de Nahuel, después de pasar 16 meses en prisión acusado de terrorismo y otros delitos. Según publicó el periódico El País, la investigación se basó en "indicios endebles, como pintadas, mensajes en redes sociales y sustancias sospechosas que resultaron ser productos de limpieza o caldo de lombarda". 

En un reciente caso con un trasfondo similar, la Sección Primera de la Audiencia Nacional condenó a principios de marzo al rapero Pablo Rivadulla, apodado Hasel, a dos años y un día de cárcel por delitos de enaltecimiento del terrorismo, además de injurias y calumnias contra la Corona e Instituciones del Estado por ensalzar a miembros de las bandas terroristas ETA y GRAPO en su perfil de Twitter.

En otras sentencias polémicas, que mantienen en auge el debate sobre los límites de la libertad de expresión, la Audiencia Nacional también ha condenado al rapero Valtonyc o al cantante César Strawberry.