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Un grupo de migrantes, entre ellos varios menres, llegados a Canarias.

El Tribunal Constitucional anula el protocolo canario para menores migrantes no acompañados

El TC reafirma las competencias autonómicas en la atención a menores migrantes
13/02/2025

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha decidido por unanimidad estimar parcialmente el recurso presentado por el Gobierno de Pedro Sánchez contra el protocolo para menores migrantes no acompañados aprobado por el Ejecutivo canario. La resolución, que anula la normativa autonómica, considera que el acogimiento de estos menores es competencia exclusiva de las comunidades autónomas en materia de asistencia social, según fuentes jurídicas consultadas por Europa Press.

El TC ha respaldado la ponencia del magistrado Ricardo Enríquez, de tendencia conservadora, quien argumentó que el protocolo canario suponía un «abandono de funciones» por parte de la comunidad autónoma. La sentencia declara inconstitucionales y nulos tanto la Resolución de la Dirección General de Protección de la Infancia y las Familias del 10 de septiembre, que aprobaba el protocolo, como el apartado segundo del Acuerdo del Gobierno de Canarias del 2 de septiembre de 2024.

No obstante, el tribunal ha salvado los apartados tercero y sexto del acuerdo, que establecen un trámite para que la comunidad autónoma pueda recurrir al Estado en caso de inconstitucionalidad. Sin embargo, las fuentes consultadas han subrayado que este aspecto «carece de importancia» en el contexto general del fallo.

Competencias autonómicas y principio de cooperación

El TC ha reiterado que la recepción y acogimiento inicial de menores migrantes no acompañados es una competencia exclusiva de las comunidades autónomas, en este caso, Canarias. Aunque el tribunal reconoce las «dificultades» y el «posible desbordamiento» de las capacidades de atención en el archipiélago, insiste en que estas circunstancias no justifican la renuncia al ejercicio de sus competencias.

En su sentencia, el Constitucional subraya la «irrenunciabilidad e indisponibilidad» de las competencias autonómicas y recuerda la necesidad de aplicar el principio de cooperación y colaboración entre el Estado y las comunidades autónomas.

Críticas de la Fiscalía

La Fiscalía, que llevó el caso a la jurisdicción ordinaria el pasado 18 de septiembre, había denunciado que el protocolo canario implicaba una «ausencia de atención inmediata» a los menores migrantes en situación de desamparo. Según el Ministerio Público, la normativa vulneraba el derecho fundamental a la igualdad, reconocido en el artículo 14 de la Constitución y en la Convención de los Derechos del Niño, así como el derecho a la integridad moral, establecido en el artículo 15 de la Carta Magna.

El protocolo, que exigía la identificación previa de los menores, su inscripción en el Registro de Menores Extranjeros No Acompañados (RMENA) y una resolución administrativa de asignación, fue impugnado por el Gobierno central tras un dictamen del Consejo de Estado. Este órgano consideró que las dificultades en la identificación y la saturación de los recursos autonómicos no justificaban la demora en la atención inmediata que requieren estos menores.

Suspensión cautelar y antecedentes

El TC admitió a trámite el recurso del Gobierno el pasado 8 de octubre y ordenó la suspensión cautelar de los preceptos impugnados, que ya habían sido desactivados por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

El ministro de Política Territorial, Ángel Víctor Torres, anunció el 24 de septiembre que el Gobierno recurriría el protocolo canario tras el dictamen del Consejo de Estado, que consideró que existían «fundamentos jurídicos suficientes» para impugnarlo.

Con esta sentencia, el Tribunal Constitucional reafirma las competencias autonómicas en materia de protección de menores y subraya la necesidad de garantizar una atención inmediata y adecuada a los menores migrantes no acompañados, un asunto que sigue generando tensiones entre el Gobierno central y las comunidades autónomas.

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