El Ministerio Público alega indefensión por la decisión de la jueza de rechazar una prueba médica para aclarar el supuesto acoso laboral que sufrió Rafael Díaz por parte de Ricardo Melchior / Solicita que se anule el fallo y se retrotraiga el procedimiento al momento anterior a la celebración de la vista oral
La Fiscalía Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha presentado un recurso de suplicación, al que ha tenido acceso Mírame Televisión, contra la sentencia del Juzgado de lo Social Número 3 que desestimó la demanda por presunta vulneración de derechos fundamentales interpuesta por el exdirector general de Puertos de Tenerife José Rafael Díaz, tras ser destituido por el Consejo de Administración del ente en abril de 2018.
El escrito, presentado ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) el pasado 11 de septiembre, considera que la sentencia ha provocado una "efectiva indefensión" a la Fiscalía al rechazar la práctica “de un medio de prueba necesario para sus intereses”, en alusión a la decisión de la jueza sustituta Tatiana Sanguino de denegar por "omisión de pronunciamiento alguno" la petición del Ministerio Público para que se elaborara un informe médico sobre el estado de salud de José Rafael Díaz, con la intención de aclarar si el exdirector de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, como planteó en su demanda, sufrió acoso laboral por parte de Ricardo Melchior, expresidente de la entidad.
La solicitud del fiscal Rafael Ruiz, planteada durante la vista oral, que se celebró los días 30 de octubre y 12 de diciembre de 2018, no fue resuelta por la jueza, pese a que la sentencia no se dictó hasta mayo de 2019. El Ministerio Público explica en el recurso que la práctica de la prueba "era perfectamente viable como diligencia final mediante citación oportuna del actor dentro del plazo previsto para su práctica en las instalaciones del Instituto Médico Legal, máxime si tenemos en cuenta las vicisitudes que han acompañado al presente procedimiento y que han conllevado una considerable dilación".
El recurso de la Fiscalía argumenta que se ha sufrido indefensión porque considera que "la prueba ignorada tenía una relación clara con el objeto del procedimiento, en su vertiente de vulneración del derecho fundamental a la dignidad e integridad moral alegada, y podía contribuir a esclarecer los hechos y era relevante para acreditar elementos esenciales de la vulneración que la juzgadora posteriormente consideró que no concurrían".
El fiscal asevera que la prueba pericial que la jueza denegó practicar a José Rafael Díaz, que también es funcionario de Puertos y se encuentra de baja médica desde su destitución como director general, "era útil y pertinente para acreditar los elementos propios del mobbing y afección a la salud física y psíquica alegados por la parte actora".
El escrito aclara que "con la única prueba del diagnóstico médico no sería suficiente para concluir la existencia de acoso moral, pues se necesitan otros indicios, pero tampoco cabe duda de que es un indicio de una situación dañina para el trabajador". El representante de la Fiscalía añade que "de haberse practicado la prueba omitida, o si se hubiera practicado correctamente la admitida, la resolución final del proceso hubiera podido ser distinta en el sentido de ser favorable a quien denuncia la infracción del derecho fundamental".
La situación de indefensión planteada por el fiscal lleva al Ministerio Público a solicitar al TSJC que revoque la sentencia de primera instancia, "mandando reponer los autos al momento anterior a la celebración del acto del juicio oral". El fallo del Juzgado de lo Social Número 3 de Santa Cruz de Tenerife también ha sido recurrido por el propio José Rafael Díaz.
Sentencia
En la sentencia recurrida, que fue dictada por la jueza sustituta desde su nuevo destino en Granada, la magistrada alegó la existencia de una "excepción procesal e indebida acumulación de acciones", así como falta de competencia, para pronunciarse sobre la destitución del exdirector general de Puertos de Tenerife, al considerar que su relación con el ente "no es laboral sino de naturaleza estatutaria".
El fallo, que desestimó la demanda pese a que de todas las pretensiones planteadas solo abordó el supuesto acoso laboral, concluyó que, pese a reconocer la existencia de "elementos de hostigamiento" en dos enfrentamientos concretos entre Ricardo Melchior y José Rafael Díaz, solo existieron "hechos concretos" sin que existiera "habitualidad" en el comportamiento del expresidente de Puertos de Tenerife.
Es ahí donde discrepa la Fiscalía, que considera que no se puede llegar a una conclusión sobre el presunto acoso laboral sin tener sobre la mesa una prueba forense que informe sobre las posibles secuelas sufridas por el exdirector general de la Autoridad Portuaria. El representante del Ministerio Público ya planteó su queja en el escrito de conclusiones que presentó tras la celebración del juicio, en el que se adhería a las pretensiones del demandante.
El fiscal argumentó entonces que había existido una "vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva en su vertiente de indemnidad" y solicitó dejar sin efecto, por no estar suficientemente motivado, el acuerdo del Consejo de Administración de 25 de abril de 2018 que adoptó la decisión de la destitución de José Rafael Díaz como director general de Puertos.
Entre los argumentos aportados por el fiscal antes de la sentencia destaca la relación que advierte entre el cese y presuntas ilegalidades denunciadas por José Rafael Díaz. "Se advierte un fuerte componente de enfrentamiento entre ambos cargos [en alusión a Ricardo Melchior] y que trasciende del ámbito de la Autoridad Portuaria", lo que el representante del Ministerio Público relaciona con "la postura de oposición decidida del director a lo que entendía serias irregularidades en la gestión de las cuentas y disposición de fondos por el presidente".
Las supuestas irregularidades cometidas por Ricardo Melchior en Puertos han dado pie a una causa penal en el Juzgado de Instrucción Número 5 de Santa Cruz de Tenerife, que investiga al también expresidente del Cabildo insular por presuntos delitos de prevaricación y malversación de fondos públicos.