– El Ayuntamiento de Arona resuelve dos expedientes sancionadores tramitados contra la empresa que construye el centro comercial casi cuatro años después de precintar el edificio
[ACTUALIZACIÓN: El Ayuntamiento de Arona ha informado este jueves de un primer expediente sancionador que se resolvió en febrero y por el que se impuso una multa de 30.000 euros a la promotora del centro comercial por una infracción urbanística grave. Se han actualizado las cifras y el texto de la noticia].
Han tenido que pasar casi cuatro años desde el primer precinto del centro comercial de El Camisón, en el municipio tinerfeño de Arona, para que el Ayuntamiento imponga las primeras multas a la empresa que promueve un edificio que vulnera el planeamiento municipal y la Ley de Costas. Según la documentación a la que ha tenido acceso Mírame Televisión, el 12 de frebrero y 9 de abril se resolvieron los dos únicos expedientes sancionadores abiertos hasta el momento contra la sociedad Melisofi Consulting SL: una multa de 30.000 euros por infracciones urbanísticas "graves" y otra de 190.000 euros por incumplimientos considerados "muy graves"
El primer expediente se resolvió en febrero con una multa de 30.000 euros y viene a sancionar los incumplimientos que motivaron el precinto del edificio en el verano de 2017. Entre las irregularidades consideradas "graves" por el Ayuntamiento figuran "variaciones en la planta de la cubierta, que le confieren un aspecto de una planta de más"; la ejecución de una planta de sótano "que excede de las alineaciones fijadas y que invade los espacios de retranqueo de la parcela"; o la modificación de los locales de la planta baja, cuya configuración "difiere sustancialmente de la que fue autorizada".
El segundo expediente administrativo, tras rechazar las alegaciones presentadas por Melisofi Consulting SL, concluye que la promotora realizó trabajos de urbanización sin licencia en la parcela y en el dominio público marítimo terrestre. Un incumplimiento considerado “muy grave”, lo que conlleva sanciones que van desde los 150.000 a los 600.000 euros. El Ayuntamiento ha decidido marcar el listón de la multa en 190.000 euros, pero la batalla en los despachos entre la promotora del empresario Diego Cano y el Consistorio acaba de empezar y todavía tiene por delante un largo recorrido en los tribunales.
La segunda sanción a la promotora del bautizado como Arts Life & Shopping fue firmada por el actual alcalde, José Julián Mena, el pasado 9 de abril, solo diez días después de que la Fiscalía presentara en los juzgados una denuncia penal tras apreciar indicios de la comisión de un presunto delito urbanístico en la construcción del edificio.
Fue precisamente el Ministerio Público el que activó al Ayuntamiento de Arona en agosto de 2020, cuando comenzó a solicitar toda la documentación referente al centro comercial tras abrir de oficio una investigación a raíz de las informaciones periodísticas publicadas por Canarias Ahora y Mírame Televisión. Hasta ese momento, pese a que ya se habían detectado diversas irregularidades y las obras estaban paralizadas desde el verano de 2017, solo se habían tramitado expedientes para restaurar el orden jurídico perturbado que nunca se ejecutaron.
El impulso a los expedientes sancionadores también se produce después de la destitución del exconcejal de Urbanismo Luis García, cuyo cese fue motivado por el alcalde, entre otros motivos, por una supuesta pasividad del edil a la hora de actuar contra la empresa promotora del centro comercial.
Rota la tregua, que ha permitido a la promotora ignorar la orden que le obligaba a derribar las partes del edificio consideradas ilegalizables, un nuevo precinto de las obras de urbanización que se desarrollaban en la parcela y el inicio de los expedientes sancionadores por parte del Ayuntamiento han reactivado las hostilidades.
El primer punto de la batalla se lo ha anotado en los tribunales el Consistorio de Arona, después de que el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo rechazara las medidas cautelares pedidas por la empresa que construye el Artslife & Shopping, que había solicitado paralizar los expedientes sancionadores y continuar con los trabajos en la parcela mientras se resuelve el fondo de un pleito urbanístico que se presume complejo.
La promotora alega que las obras que provocaron el último precinto estaban encaminadas a restaurar el orden jurídico perturbado por incumplir la licencia de 2014, un extremo que la empresa ya reconoce de forma abierta en el recurso presentado, lo que contrasta con la posición de los informes técnicos municipales, que apuntan a nuevos trabajos sin autorización.
La pregunta que aún deja abierta el Ayuntamiento es cómo va a proceder para restaurar el orden perturbado, es decir, para que se ejecuten las órdenes que obligan a la empresa promotora a derribar la parte del edificio que no respeta la licencia de 2014 y que no puede ser legalizable.
Agravantes
En la resolución sancionadora que impone una multa de 190.000 euros a Melisofi Consulting SL, el Ayuntamiento concluye que, a raíz de una inspección realizada en noviembre de 2020, se detectó que la empresa promotora del centro comercial de El Camisón llevaba a cabo obras de urbanización que, además de no contar con licencia, rebasaban el límite de la parcela e invadían la zona de dominio público marítimo terrestre, sin tenera para ello la autorización de la Demarcación Provincial de Costas.
El Consistorio de Arona considera que en el procedimiento se ha probado la existencia de elementos agravantes por parte de la promotora, como "la resistencia a las órdenes emanadas de la administración relativas a la protección de la legalidad o su cumplimiento defectuoso".
La resolución también considera como conducta agravante "el grado de culpabilidad o la existencia de intencionalidad, habida cuenta de que (…) el interesado, de manera voluntaria, decidió ejecutar una actuación distinta a la autorizada, sabiendo que no tenía título para ello".
Otro aspecto que no pasa por alto el expediente sancionador, y que también se considera un elemento agravante, es "el grado de conocimiento de la normativa legal y de las reglas técnicas de obligatoria observancia por razón del oficio, profesión o actividad habitual".
Por último, también se han tenido en cuenta "la intensidad de los perjuicios físicos a los intereses públicos derivados de la actuación, al haber realizado actuaciones constructivas en dominio público en perjuicio del interés general y público". Como único atenuante se valora "la paralización de las obras tras la inspección y la pertinente advertencia del agente de la autoridad".
Una compleja situación que se visibilizará ahora en una causa penal que se abre sin que se hayan resuelto los conflictos urbanísticos en la vía contenciosa. Mientras, el Artslife & Shopping luce como un esqueleto de cemento entre dos de las principales playas de uno de los municipios turísticos más importantes de Canarias.