La empresa reconoce en su escrito que incumplió la licencia otorgada en 2014 al construir el edificio
Tribunales
18 mar. 2021

El juez rechaza un recurso de la promotora del centro comercial de El Camisón y mantiene el precinto

- Un auto judicial desestima las medidas cautelares solicitadas por Melisofi Consulting SL y avala la continuidad del expediente sancionador mientras se resuelve el fondo de la disputa

-La empresa reconoce en su escrito que incumplió la licencia de obras otorgada en 2014 al construir el edificio

 

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 3 de Santa Cruz de Tenerife ha desestimado las medidas cautelares solicitadas por la promotora del centro comercial de El Camisón, Melisofi Consulting SL, contra el precinto de la instalación y la apertura de un expediente sancionador por la realización de obras de urbanización no autorizadas. En el recurso presentado, al que ha tenido acceso Mírame Televisión, la empresa admite que durante la construcción del edificio ejecutó trabajos que se desviaron de los parámetros establecidos en la licencia otorgada en 2014.

Al desestimar las medidas cautelares, el auto judicial, dictado el pasado 9 de marzo, avala la continuidad del procedimiento sancionador incoado por el Ayuntamiento de Arona, en el sur de Tenerife, así como el precinto del centro comercial de El Camisón hasta que se resuelva el fondo de la disputa. En paralelo, la Fiscalía mantiene abiertas de oficio unas diligencias penales de investigación para esclarecer si existen indicios de un delito contra el territorio en las obras ejecutadas.

El Ayuntamiento de Arona ordenó el pasado noviembre la paralización y el precinto de los trabajos de urbanización que la promotora, propiedad del empresario Diego Cano, realizaba en la parcela del centro comercial. Un mes después, en diciembre 2020, el Consistorio incoó un expediente sancionador contra la entidad a raíz de los incumplimientos detectados. Ambas decisiones han sido recurridas por Melisofi Consulting SL ante la jurisdicción contenciosa.

El primer episodio del conflicto ha sido resuelto por el juez a favor del Ayuntamiento de Arona, que se opuso a la concesión de las medidas cautelares al argumentar que supondrían un agravio para el interés general. En contra, la empresa alegó lo que se conoce como principio de buen derecho, al considerar que las obras cuentan con permiso, así como el posible perjuicio económico que supondría la continuidad del precinto para la parte privada, que sitúa en una horquilla entre cuatro y 13 millones de euros.

En relación al principio de buen derecho alegado, el auto concluye que los argumentos que plantea la empresa "exigen un análisis mucho más detallado sobre el fondo del asunto, análisis que llevaría a determinar de forma íntegra la situación jurídica controvertida", por lo que considera que el conflicto sobre la posible legalidad de las obras no puede ser resuelto en fase de medidas cautelares.

El auto tampoco estima que exista un peligro de mora procesal suficiente para otorgar la medida cautelar. El juez responde que "más allá de las cifras que expone en su escrito" la promotora, "en esta fase no acredita la realidad de dichos perjuicios (...) al menos con la entidad que insta el recurrente". Melisofi Consulting SL alegó que la paralización de los trabajos puede suponer un daño comercial irreparable al provocar "el incumplimiento de multitud de contratos celebrados con empresas que van a implantarse" en el centro comercial, además de una supuesta quiebra empresarial.

 

Incumplimiento de la licencia

El recurso presentado por la promotora expone que Melisofi Consulting SL "reconoce y se responsabiliza del error que supuso desviarse de la licencia otorgada en su día", lo que provocó el primero de los precintos del centro comercial, en el verano de 2017, y añade que la empresa "ha aceptado voluntariamente restablecer el orden jurídico perturbado".

No es la primera vez que la promotora admite que ejecutó un edificio diferente al autorizado por la licencia de 2014. En el marco del expediente de concesión administrativa para ocupar el dominio público instado ante la Demarcación Provincial de Costas, la empresa reconoció que el edifico construido siguió los parámetros del Plan de Modernización, Mejora e Incremento de la Competitividad Turística (PMM) de Los Cristianos, a pesar de que nunca se llegó a aprobar.

Las obras realizadas, que en parte ocupan la servidumbre de protección del dominio público marítimo terrestre, violan el Plan General de Ordenación (PGO) vigente y la Ley de Costas. En lo que se refiere a la competencia urbanística municipal, los incumplimientos detectados provocaron el precinto de la instalación y la incoación, en marzo de 2018, de un expediente para el restablecimiento de la legalidad infringida.

Este punto es clave para entender el planteamiento que en su recurso hace la empresa. Primero admite que realizó obras no autorizadas en la licencia y acepta su obligación de cumplir con la orden del Ayuntamiento, para después basar su defensa en que los trabajos de urbanización que son objeto del contencioso judicial se corresponden con actuaciones orientadas al restablecimiento de la legalidad incumplida.

Es decir, Melisofi Consulting SL expone que las obras precintadas en 2020 y que han dado pie al expediente sancionador no son trabajos de urbanización, como sostiene el Ayuntamiento en el expediente, sino las actuaciones necesarias para cumplir con la orden de restablecimiento de la legalidad dictada por el Consistorio.

Una argumentación que fue replicada en su escrito de alegaciones por los servicios jurídicos del Ayuntamiento, donde se defiende que "el interés general, la legalidad urbanística, es preponderante sobre un interés económico particular".

El Ayuntamiento de Arona interpreta la situación de manera opuesta a la empresa promotora. Considera que las obras precintadas en 2020 nada tienen que ver con el restablecimiento de la legalidad, sino con trabajos de urbanización en la parcela que no cuentan con autorización.

El Consistorio del sur de Tenerife recuerda que la orden de restablecimiento de la legalidad sirve como título habilitante para realizar las obras de derribo de toda la parte del edificio del centro comercial construida de forma irregular, “pero en ningún caso una orden de demolición ampara la ejecución de obras de urbanización”.

La postura del Ayuntamiento sostiene que el promotor, lejos de restablecer la legalidad que reconoce haber infringido, lo que ha hecho es aprovechar la orden de demolición para continuar con los trabajos finales que restan en la parcela, relacionados con la urbanización de la zona.

Tras rechazar las medidas cautelares, el Juzgado tendrá ahora el que resolver el fondo de la disputa. Mientras tanto, las obras seguirán precintadas y el Ayuntamiento de Arona podrá tramitar el expediente sancionador abierto contra Melisofi Consulting SL por lo que considera una infracción urbanística muy grave, lo que conlleva multas que van de los 150.000 a los 600.000 euros.