La decisión se produce tras pedir las acusaciones elevar la causa al TSJC
Actualidad
28 oct. 2016

La jueza dicta el archivo provisional de la 'telaraña' de Casimiro Curbelo

El Juzgado de Instrucción de San Sebastián de La Gomera dictó el pasado 23 de octubre un auto, al que ha tenido acceso mirametv.com, por el que ordena el sobreseimiento provisional de la investigación abierta en el año 2010 contra el presidente del Cabildo y diputado autonómico, Casimiro Curbelo. La decisión se produce después de que las acusaciones pidieran elevar la conocida como Operación Telaraña al Tribunal Superior de Justicia de Canarias, ante la nueva condición de aforado del exsenador del PSOE.

La jueza María Lourdes Goya considera que no existen indicios suficientes para mantener la investigación contra Casimiro Curbelo por presuntos delitos de cohecho, tráfico de influencias, malversación de caudales públicos y prevaricación. En el auto, que ocupa 18 folios y fue adelantado por el periodista de El Día Televisión Moisés Grillo, se lleva a cabo la argumentación sobre los diferentes motivos que llevan al Juzgado a poner punto y seguido, la decisión no es firme y cabe recurso, a uno de los casos más sonados de los últimos años en Canarias. Aunque en el procedimiento hay un total de seis investigados, la resolución solo motiva extensamente el archivo en el caso del presidente del Cabildo de La Gomera.

La Operación Telaraña se ha desarrollado a lo largo de seis años, en los que la Policía Judicial de la Guardia Civil ha llevado a cabo una exhaustiva investigación sobre el patrimonio del presidente del Cabildo, así como varios registros en empresas vinculadas con Curbelo. La instrucción siempre estuvo llena de obstáculos, hasta el punto de que María Lourdes Goya, que no lleva ni un año en la plaza, es la sexta jueza que dirige el procedimiento. 

El auto del Juzgado de Instrucción de San Sebastián de La Gomera concluye que no se dan los indicios suficientes para mantener la investigación por un presunto cohecho en la operación urbanística de la zona de El Lamero. La jueza considera que la creación de la sociedad Chewy West SL no se puede asociar "con un posible regalo" a Curbelo para que reclasificase la zona, ya que se apoya en que la competencia para la aprobación definitiva del uso de los terrenos correspondía a la Comisión de Ordenación Territorial del Medio Ambiente de Canarias (Cotmac) y no al Cabildo que preside el investigado.

El portavoz parlamentario de la Agrupación Socialista Gomera (ASG) habría recibido una presunta compensación, a través de participaciones en Chewy West SL, por influir en que todo el ámbito de El Lamero tuviera la condición de urbanizable. La jueza reconoce que, en un primer momento, el Plan Insular de Ordenación de La Gomera (PIOG), entonces en fase de tramitación, dividía la zona en dos. Una de ellas, la más próxima al mar, quedaba como "de protección territorial", lo que impedía las construcciones. 

En 2005, sin embargo, los redactores del documento cambiaron de idea y dejaron todo el ámbito como urbanizable residencial, en línea con lo contemplado por el planeamiento municipal. Para Lourdes Goya, este hecho entra dentro de los cambios que se pueden producir fruto de la tramitación de un instrumento de ordenación de estas características, además de que en el auto se incide en que la decisión final para su aprobación recae en la Cotmac.

La jueza no considera relevante que, a raíz de una herencia, Casimiro Curbelo y sus hermanas posean cuatro fincas en El Lamero. "Eso no quiere decir que tuviese un interés específico en esa zona del suelo", concluye el auto. También asevera la responsable del Juzgado que "no existe constancia" de que el diputado de ASG no pagara la totalidad del coste de las viviendas, trasteros y garajes que adquirió a la empresa Tecina SL, tal y como declaró uno de los denunciantes, el médico y promotor Antonio Pérez.

 

Las Petroleras y El Machal

Tampoco aprecia la jueza indicios suficientes de delito para continuar la investigación en el apartado referente al ámbito de Las Petroleras. Este suelo fue adquirido por una sociedad propiedad de Antonio Pérez en 2004, Machal SL, al comprar todas las participaciones de la empresa que hasta entonces era propietaria. Un año después, el ámbito vuelve a cambiar de manos, esta vez las de la entidad El Revolcadero SL, que en octubre de 2005 vende un 20% de sus participaciones a Fortunato Arteaga, un presunto testaferro de Casimiro Curbelo.

La supuesta operación escondía una trama urbanística para aumentar la edificabilidad del ámbito hasta los 75.000 metros cuadrados y beneficiar a todas las partes. El auto considera que no puede demostrarse que Fortunato Arteaga fuera un testaferro de Curbelo, tal y como declaró Antonio Pérez, además de que el PIOG dejó el aprovechamiento de la zona en un máximo de 60.000 metros cuadrados. 

El caso de El Machal ha tenido una mayor repercusión mediática porque está relacionado con la grabación que realizó Antonio Pérez de una conversación con Casimiro Curbelo en la que abordan un presunto reparto de intereses en el desarrollo urbanístico de este ámbito. El suelo era inicialmente propiedad de la familia Luengo Barreto, que lo compró con la intención de que fuera recalificado como urbanizable, algo que "no prosperó", según se expone en el auto, pero terminó en manos de Pérez, que supuestamente lo repartió a partes iguales con el diputado y el expresidente del Cabildo de La Palma Felipe Hernández.

Aunque en la grabación se escucha a Pérez mencionar que Casimiro Curbelo es dueño de una tercera parte de los terrenos, algo que no niega el presidente insular durante la conversación, el Juzgado no cree verosímil la versión del denunciante. La jueza recuerda que el promotor nunca aportó un presunto contrato privado entre las tres partes, que según el propio Antonio Pérez está en posesión del exsenador del PSOE.

La tramitación del PIOG permitió que la zona de El Machal, que en el PGO de San Sebastián de La Gomera venía clasificada como de "protección territorial", se vinculase con un futuro desarrollo turístico, donde cabían dos hoteles de cuatro estrellas y un campo de golf de 18 hoyos. La Cotmac, finalmente, eliminó el equipamiento deportivo, pero mantuvo el alojativo.

La jueza vuelve a recordar que la aprobación definitiva era competencia del órgano dependiente del Gobierno de Canarias, por lo que no considera creíble que los presuntos pagos entre las tres partes quedasen, presuntamente, comprometidos al trámite final y no a la autorización inicial o provisional del Cabildo. 

 

Posible fraude

El auto del Juzgado de Instrucción de La Gomera tampoco encuentra indicios  suficientes para mantener la investigación abierta por el presunto delito de cohecho relacionado con la ejecución del proyecto de obra civil de la travesía de Hermigua, denunciado por el exconsejero insular Pedro Medina Calero.

La jueza resalta que "no hay indicios de irregularidad alguna ni en el proyecto original ni el modificado", a pesar de las sospechas que la obra despertó en los investigadores. También considera irrelevante la relación de amistad entre Casimiro Curbelo y uno de los empresarios presuntamente favorecidos por las decisiones que se tomaron durante el desarrollo de sus trabajos. El hecho de que Enrique Amaya "lo invitara a su boda [a la que no acudió el presidente del Cabildo] no constituye ningún indicio de un posible delito de cohecho", explica Lourdes Goya en su resolución.

Antes de entrar en la jurisprudencia con la que la jueza justifica el sobreseimiento provisional, el auto descarta también cualquier responsabilidad delictiva derivada de la investigación patrimonial que la Guardia Civil realizó a Curbelo.

A pesar del incremento detectado en las cuentas del político de ASG, la responsable del Juzgado de San Sebastián concluye que "no se observan movimientos sospechosos que lleven a la conclusión de que se nutra de ingresos irregulares". 

Tampoco se ha encontrado un "origen ilícito" en los 3.000 euros que mensualmente, y en metálico a través de distintas sucursales de La Gomera, Curbelo ingresó a dos de sus hijos entre los años 2004 y 2006 para cubrir los gastos de sus estudios en Madrid. La jueza advierte de que estos pagos "pudieron no ser declarados", lo que podría suponer un "delito de defraudación a la Hacienda Pública", aunque la cuantía no llega al tope anual de 120.000 euros que define la línea delictiva.

El auto del Juzgado de Instrucción de San Sebastián de La Gomera no es firme y cabe recurso por parte de la Fiscalía y la acusación popular en un plazo de tres días, si es de reforma, y de cinco días, si es de apelación.