La Sección Sexta concluye que no tenía capacidad para condicionar a los ediles
Canarias
30 jun. 2016

La Audiencia absuelve al guardia civil que medió en el caso Arona

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha decidido absolver de un delito de tráfico de influencias a José Manuel Rodríguez, el guardia civil que desarrolló laboras de intermediación en diversas reuniones y llamadas telefónicas vinculadas con la aprobación de licencias de obras en Arona. Así consta en una sentencia dictada el pasado 31 de mayo, a la que ha tenido acceso mirametv.com, en la que los magistrados consideran que el funcionario no tenía capacidad para condicionar las decisiones políticas, en contra del criterio de la fiscal María Isabel Silva.

La segunda de las tres piezas separadas del conocido como caso Arona, que se juzgó durante dos sesiones el pasado mes de mayo, concluye después de ocho años de pesquisas con la absolución del miembro de la Benemérita que, durante la investigación, fue señalado por el Ministerio Público y el juez instructor por su papel de mediador entre diversos políticos del Consistorio tinerfeño. La Fiscalía pedía seis meses de cárcel y una multa de 30.000 euros para el funcionario acusado. 

Tal y como recoge el sumario del caso, los tres magistrados de la Audiencia Provincial reconocen en la sentencia que José Manuel Rodríguez mantenía "relaciones de amistad con un empresario aronero vinculado con el sector de la construcción", Pedro Suárez (foto), y "conocía personalmente a diversos concejales de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Arona".

También consideran probado los responsables de la Sección Sexta que, "entre marzo y abril de 2008", el guardia civil mantuvo "contactos telefónicos y reuniones" con el entonces alcalde, José Alberto González Reverón, y otros concejales del Consistorio "con la finalidad de conseguir un consenso mínimo en materia de concesión de licencias de obras", después de las tensiones que se habían generado por la querella que interpuso el exportavoz socialista Francisco Santamaría, y que a la larga desencadenó en el caso Arona. 

Con este objetivo, Rodríguez se reunió con ediles tanto del Gobierno municipal como del PSOE, entonces en la oposición, en encuentros a los que también acudió, al menos en una ocasión, el empresario Pedro Suárez. Unos contactos que se plasmaron en la conocida reunión que el 9 de abril de 2008 tuvo lugar en una finca particular del constructor, en la que concejales socialistas y de CC, junto con el propio miembro de la Benemérita y otras personas, degustaron un cochino negro mientras debatían sobre la situación de las licencias de obras en Arona. La intención de la cita era convencer a los representantes del PSOE para que votasen a favor de los permisos urbanísticos que tenían informes desfavorables de los servicios jurídicos.

 

Sin beneficio

Los magistrados de la Audiencia Provincial concluyen que los hechos acreditados no son suficientes para condenar al guardia civil por un delito de tráfico de influencias. Para el Tribunal, "no hay prueba y no quedó determinado que el acusado tuviera una posición de superioridad o prevalencia sobre Francisco Santamaría, o que pudiera de alguna forma ejercer presión o instigación susceptible de condicionar una decisión". Es decir, no tenía capacidad para convencer a Santamaría de que aceptase el acuerdo con el Gobierno para la aprobación de licencias. 

Ni queda clara la influencia, ni tampoco "el beneficio buscado", pese a la insistencia de la Fiscalía en las vinculaciones personales del ahora absuelto con el empresario Pedro Suárez. Al igual que en el caso de Santamaría, los magistrados también creen que entre Rodríguez y el exalcalde "no hay una relación tan estrecha" como para que su actuación pudiera suponer una influencia en González Reverón. 

En la sentencia se insiste mucho en otro de los pilares de la argumentación del tribunal: "la mediación del acusado no parece que fuera necesaria", aunque se produjo, porque el exalcalde ya tenía "contacto directo" con Pedro Suárez, lo que también es determinante a la hora de evaluar el delito de tráfico de influencias.

A la espera de la sentencia de la causa principal, dos de las tres piezas separadas del caso Arona ya han sido resueltas por la Sección Sexta.  Mientras que en la primera fueron condenados el propio José Alberto González Reverón y el exconcejal de Urbanismo Antonio Sosa, el tribunal ha decido absolver al guardia civil acusado de tráfico de influencias. Llegados a este punto, solo queda por juzgarse la última de las partes en las que se ha dividido uno de los casos de corrupción urbanística más importantes de Canarias. La cita, en noviembre.