Cuestiona que no se hayan realizado diligencias ordenadas por el anterior juez
Canarias
29 oct. 2016

La acusación popular recurre el archivo de la 'telaraña' de Curbelo

El auto que dictó el pasado 23 de octubre el Juzgado de Instrucción de San Sebastián de La Gomera, por el que se ordenó el sobreseimiento provisional de la conocida como Operación Telaraña, que tiene como principal investigado al diputado Casimiro Curbelo, se ha topado ya con su primer obstáculo. La acusación popular no quiere tirar la toalla después de seis años de procedimiento y ha presentado un recurso de reforma, subsidiario de apelación, contra la resolución de la jueza María Lourdes Goya.

El recurso, al que ha tenido acceso mirametv.com, cuestiona que el auto de archivo se haya dictado cuando faltan por realizar varias diligencias solicitadas tanto por la acusación popular como por la Fiscalía. Entre las diferentes pruebas que no se han practicado, en una instrucción llena de contratiempos por la que han pasado hasta seis jueces distintos, destaca que no se han llevado a cabo los informes de la Policía Judicial de la Guardia Civil en relación a las declaraciones de renta y patrimonio de Curbelo, tal y como solicitó en diciembre el Juzgado a petición del Ministerio Público.

Tampoco se han aportado a la causa, según el recurso de la acusación popular, los informes de la Guardia Civil sobre determinados movimientos bancarios del empresario Fortunato Arteaga, considerado un presunto testaferro del presidente del Cabildo de La Gomera. Los denunciantes también solicitaron, sin éxito, que se aclarasen los estudios cursados por una de las hijas del diputado autonómico, a la que Curbelo ingresó durante cerca de dos años cantidades en efectivo desde distintas sucursales de la Isla. Otra de las diligencias que no se ha concluido, pese al auto de sobreseimiento provisional, es la investigación a una de las sociedades implicadas, Inversiones Galga SL.

Más allá de las pruebas pendientes de practicar por el Juzgado, la acusación popular, que representa al exconsejero del Cabildo y presidente del Movimiento Ciudadao Contra la Corrupción, Pedro Medina Calero, también considera que la jueza no tiene en cuenta una serie de indicios que, en opinión de los denunciantes, permiten continuar con la investigación en el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), ante la situación de aforamiento de Casimiro Curbelo.

En el caso de los trámites urbanísticos que se siguieron en algunas actuaciones objeto de sospecha, como las que se llevaron a cabo en los ámbitos de El Lamero o El Machal, el recurso recuerda la trascendencia que tiene la participación del Cabildo en la gestión del Plan Insular de Ordenación de La Gomera (PIOG). El auto de archivo, sin embargo, resta importancia a este hecho al recaer la aprobación definitiva de los instrumentos de planeamiento en la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (Cotmac).

El recurso asevera que la participación del Cabildo que preside Curbelo fue clave para que el PIOG, que inicialmente divididía El Lamero en dos zonas, una de ellas de protección territorial, terminase por convertir todo el ámbito como suelo urbanizable residencial. La acusación popular considera que, aunque esta clasificación ya figuraba en las Normas Subsidiarias de 1992, corresponde al Plan Insular el desarrollo de la ordenación de la zona.

La acusación popular vincula los cambios de parecer del Cabildo en relación al PIOG con presuntos compromisos adquiridos por Curbelo a raíz de “regalos” que el presidente insular habría percibido. El recurso incide en que el exsenador del PSOE "recibió en diciembre de 2004 una sociedad que aglutinaba bienes inmuebles y participaciones en el suelo por valor de 889.000 euros, entregando a cambio un tercio de las participaciones sociales de otra sociedad (Estudio Gomera SL), que ya no le pertenecían por sentencia judicial". Una presunta contrapartida que habría llevado a cabo el promotor Antonio Pérez para que el político "cesara en sus presiones y gestiones para obstaculizar que la zona de El Lamero fuese declarada como urbanizable residencial".

En el escrito se cuestiona otra de las conclusiones del auto, que recoge como probado que Casimiro Curbelo pagó los 344.872 euros por una serie de viviendas, trasteros y garajes de la sociedad Tecina SL. El recurso asevera que esta afirmación "no se ajusta a la evidencia de las pruebas que obran en el procedimiento", hasta el punto de que, además de considerar que no ha quedado acreditado el desembolso por parte del presidente insular, el también diputado regional "hacía disposición de las viviendas" sin necesidad de un contrato de compraventa, según unas facturas de materiales de construcción que abonó antes de la adquisición de los inmuebles.

 

Testaferro

Otro de los puntos polémicos de la instrucción está relacionado con el suelo de la zona conocida como Las Petroleras. Aquí es fundamental el papel del empresario Fortunato Arteaga, considerado por las acusaciones un presunto testaferro de Curbelo, lo que es rechazado de plano por la jueza María Lourdes Goya.  

El suelo de Las Petroleras fue adquirido por una sociedad propiedad de Antonio Pérez en 2004, Machal SL, al comprar todas las participaciones de la empresa que hasta entonces era propietaria. Un año después, el ámbito vuelve a cambiar de manos, esta vez las de la entidad El Revolcadero SL, que en octubre de 2005 vende un 20% de sus participaciones a Fortunato Arteaga.

La supuesta operación escondía una trama urbanística para aumentar la edificabilidad del ámbito hasta los 75.000 metros cuadrados y beneficiar a todas las partes. El auto considera que no puede demostrarse que Fortunato Arteaga fuera un testaferro de Curbelo, tal y como declaró Antonio Pérez, además de que el PIOG dejó el aprovechamiento de la zona en un máximo de 60.000 metros cuadrados. 

El papel del presunto testaferro del presidente del Cabildo es clave. La acusación popular se basa en la propia declaración del empresario en fase de instrucción. Arteaga admitió que "el verdadero dueño de esas participaciones era Curbelo, aunque después presentó un recurso, que fue desestimado, manifestando que no había dicho eso".

 

El Machal

Tampoco considera la acusación popular que el auto haya motivado suficientemente el sobreseimiento vinculado con las actuaciones de El Machal. Aquí entra en juego las grabaciones que aportó Antonio Pérez al Juzgado, en las que se reproducen dos conversaciones del promotor con Curbelo sobre el presunto reparto del suelo, a partes iguales, entre los dos interlocutores y el expresidente del Cabildo de La Palma Felipe Hernández.

"El contenido de la cinta, unido a la clasificación urbanística del suelo de El Machal (inicialmente rústico en el año 2000, y actualmente destinado a un uso para nuevos espacios turísticos, según el PIOG y el Plan Territorial Especial), son una suma de elementos suficientes para considerar que Casimiro Curbelo y Felipe Hernández pudieran ser partícipes directos en un delito de cohecho e, incluso, en otro de tráfico de influencias", expone el recurso en uno de sus diez folios.

La Jueza María Lourdes Goya tumba esta versión en el auto, junto a otros argumentos, cuando insiste en que no se ha aportado a la causa el supuesto contrato privado que habrían firmado los tres interesados para dividir la propiedad del suelo de El Machal. Antonio Pérez aseguró durante su declaración en la instrucción que el documento estaba en posesión del propio Casimiro Curbelo, al que nunca se han registrado sus propiedades por su condición de aforado. 

El último asunto que aborda la acusación popular en su recurso está relacionado con la ejecución de la obra civil de la travesía de Hermigua. La jueza considera que "no hay indicios de irregularidad alguna ni en el proyecto original ni el modificado" de los trabajos, en contra de lo que sostienen los denunciantes. 

Según el recurso, el modificado que se llevó a cabo no correspondía con la travesía de Hermigua propiamente dicha, sino con "otra vía diferente de titularidad municipal", la prolongación de la pista de Las Poyatas. La acusación popular cree que esos trabajos tenían que haber cumplido "todos los trámites y requisitos legales inherentes" a una actuación independiente; lo que pone en duda que la obra haya sido ejecutada directamente por la misma Unión Temporal de Empresas, constituida por Sacyr, Construcciones Darias SA y Pedro Luis Darias SL.