La Sala III de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo rechaza el recurso de Islas Airways S.A. contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que consideró “conforme a derecho el acuerdo de la Dirección General de Aviación Civil, de 11 de abril de 2013”, que acabó con el pago de las cantidades reclamadas por la empresa de Miguel Concepción por la subvención al transporte de los residentes canarios.
La sentencia del tribunal madrileño dictaminó que la compañía aérea de Miguel Concepción deber reintegrar 7,5 millones de euros percibidos indebidamente por las bonificaciones al transporte de pasajeros residentes en Canarias entre los años 2007 y 2011. El recurso de Islas Airways negaba que actuara en calidad de colaborador de la Administración y argumentaba que el concepto de subvención aéreo y marítimo de pasajeros residentes era “un precio privado de un contrato de servicio de transporte aéreo” y, por lo tanto, la compañía, no actuó como entidad colaboradora de la Administración.
Ahora el Supremo insiste en que "las singularidades del sistema de bonificación y su regulación y la liquidación de fondos públicos determina el encaje de las compañías de transporte como colaboradoras y por ende, resulta aplicable el procedimiento de reintegro de las cantidades reclamadas".
La sentencia del Alto Tribunal considera que "el conjunto de obligaciones impuestas a las compañías prestadoras del servicio de transporte en lo que se refiere a la aplicación de las bonificaciones a los pasajeros, su liquidación ante la Administración, control, y seguimiento y su singular actuación justifica que las compañías de transporte aéreo, como la ahora recurrente, puedan ser consideradas entidades colaboradoras con arreglo a la definición del artículo 12 de la Ley General de Subvenciones".
Afirma asimismo que "resulta razonable” la interpretación realizada por el tribunal madrileño y que esta se atiene a al sistema de bonificaciones diseñado en la Ley a cargo del Tesoro Público.
Esta sentencia condena además a pagar las costas del proceso a Islas Airways.