El Cabildo tendrá que pagar al vecino que Muvisa realojó ilegalmente
El Cabildo de Tenerife tendrá que indemnizar con 31.465 euros al vecino que fue realojado junto a su mujer y su hijo menor de edad de manera ilegal por el Ayuntamiento de La Laguna, lo que provocó la destitución del concejal Domingo Galván, a raíz de las humedades que las obras del tranvía causaron en su vivienda del barrio de Taco. Así lo ha ratificado el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) en una reciente sentencia, a la que ha tenido acceso mirametv.com, en la que desestima el recurso presentado por la empresa pública Metropolitano y la UTE que acometió los trabajos.
El TSJC pone fin así a cinco años de lucha de una familia en las administraciones y los tribunales, a través de un abogado de oficio, después de que su vivienda quedara completamente inhabitable por culpa de las humedades provocadas como consecuencia de la defectuosa ejecución de la red general de alcantarillado durante las obras del tranvía de Tenerife.
Aunque ni el Ayuntamiento de La Laguna ni el Cabildo de Tenerife reconocieron el derecho a la indemnización que desde enero de 2011 reclamó uno de los cónyuges, Carlos Quintero Expósito, el Consistorio llegó a realojar a la familia, el matrimonio y su hijo menor, después de pagarles varias noches en un hotel de la ciudad, en una vivienda del barrio de La Cuesta a través de un alquiler social de la empresa pública Muvisa. El contrato, como se descubrió poco después, se firmó sin autorización y sin pasar por ningún trámite administrativo, lo que provocó que el por entonces alcalde, Fernando Clavijo, destituyera al que hasta ese momento era el concejal responsable, Domingo Galván.
Los problemas para la familia comenzaron pocos meses después de habitar su nueva vivienda, cuando Galván empezó a incumplir con el abono del alquiler. El exconcejal, ahora colocado como secretario de alto cargo en la Consejería de Hacienda del Gobierno de Canarias, llegó incluso a realizar algunos de los pagos a través de cheques cuyo titular era una comunidad de vecinos y no el Ayuntamiento de La Laguna.
Pese a todo, las administraciones continuaron sin asumir el arreglo del inmueble afectado por las humedades. La suerte de la familia, que llegó a encargar un informe pericial sobre el estado de su vivienda, comenzó a cambiar cuando el Consejo Consultivo les reconoció su derecho a ser resarcidos. El dictamen del órgano jurídico fue clave en la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 1 de Santa Cruz de Tenerife, que estimó en parte el recurso de Carlos Quintero y condenó al Cabildo, al ser el titular de la vía (la carretera general de El Rosario), a indemnizar con 31.465 euros a los afectados, 16.465 euros para hacer frente a los desperfectos ocasionados y 15.000 euros por los daños morales causados al padre y a su hijo menor de edad. Una cantidad que, eso sí, se aleja de los 70.000 euros que reclamaron.
Mala canalización
Los magistrados del TSJC tumban de nuevo los argumentos esgrimidos por Metropolitano y la UTE Tranvía de Tenerife, el Cabildo no se sumó al recurso, que ya fueron descartados en la sentencia de primera instancia. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo entendió entonces "acreditado" que como consecuencia de las obras de construcción de la línea 1 del tranvía, desarrolladas entre 2004 y 2007, las aceras próximas a la vivienda propiedad del denunciante "fueron modificadas y, debido a la mala ejecución de la construcción, especialmente en lo referido a la canalización de la red general de alcantarillado y drenaje de las aguas pluviales, las juntas de pavimento no se cerraron adecuadamente al efecto, generando humedades en la vivienda que no solo la hacen inhabitable, sino que ponen en peligro su estructura".
Los problemas aparecieron en 2008 y el propio Consistorio de La Laguna reparó la red de saneamiento y las aceras, "habida cuenta de que el problema afectaba a todas las viviendas del entorno", lo que no solucionó las humedades que afectaban al inmueble de Carlos Quintero, "haciendo inhabitable la vivienda, hasta el punto de que el Ayuntamiento los realojó a su costa", según la sentencia.
Aunque el fallo judicial no reconoció la indemnización por daños morales a la cónyuge del denunciante, por no poder acreditar su titularidad legal, sí lo hizo en los casos del afectado y de su hijo. Para justificar los 15.000 euros que deberá abonar el Cabildo por este concepto, el juez dejó claro que "desde 2008 a febrero de 2010 hubieron de residir en una vivienda afectada por humedades que llegaron al punto de hacerla inhabitable", además de que "desde febrero de 2010 hasta febrero de 2011 fueron realojados por el Ayuntamiento de La Laguna en otros domicilios a costa del erario público", aunque se descartó la existencia de ansiedad o estrés, pero sí se tuvo en cuenta un informe médico incorporado a la causa que concluyó que "el cuadro patológico sufrido por el menor se vio agravado por el ambiente húmedo de la vivienda".