Condenados por estafa y falsedad cuatro hermanos grancanarios que fingían ser catatónicos
La Audiencia de Las Palmas ha condenado a penas que oscilan entre los tres años y seis meses y los veintiún meses de cárcel por un delito de estafa y otro de falsedad a cuatro hermanos residentes en Gran Canaria, que, entre 2006 y 2009, simularon graves dolencias ante la Inspección Médica -entre otros cuadros patológicos, catatonia, o un síndrome neuropsiquiátrico con anomalías motoras- para obtener las más altas prestaciones del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), por incapacidad laboral “lo más severa posible”.
Según informa el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, lograron engañar a los médicos del Ministerio de Trabajo en algunos casos de forma natural, simplemente simulando enfermedades, pero en otros valiéndose de “la ingesta de productos médicos y/o farmacológicos”.
El fallo declara probado que entre 2006 y 2009, los cuatro hermanos, con el propósito de obtener un beneficio patrimonial ilícito en perjuicio de la arcas publicas, “se confabularon para, en la medida de su situación laboral y personal, y previa tramitación de los oportunos expedientes administrativos ante el INSS, obtener la declaración de incapacidad más severa posible, que les permitiera obtener las prestaciones sociales en función del grado de incapacidad".
Con esta finalidad simularon "padecimientos que no se correspondían en absoluto con su situación clínica", que o no existía o era exacerba. Para lograr su propósito incluso recurrían a la "ingesta de productos medicos o farmacologicos” .
Prescrito el delito del médico
La resolución judicial absuelve al médico que los ayudó a consumar el fraude, al considerar que los delitos de estafa agravada y falsedad de los estaba acusado por el Ministerio Fiscal "están prescritos".
Además de la condena penal, la sentencia obliga a los acusados a abonar a la Seguridad Social indemnizaciones por un valor total de 86.237 euros, a la mutualidad Muprespa en 14.374 euros y a la entidad Mapfre con 172.365 euros.
Esta sentencia puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.