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Solo tiene la obligación de acudir los lunes al Juzgado y le ha sido retirado el pasaporte
Solo tiene la obligación de acudir los lunes al Juzgado y le ha sido retirado el pasaporte

Decretan libertad para el acusado de matar y descuartizar a Romina Celeste por cumplirse el máximo de prisión provisional

Solo tiene la obligación de acudir los lunes al Juzgado y le ha sido retirado el pasaporte
Hace 2 años

La Audiencia Provincial de Las Palmas ha decretado la puesta en libertad de Raúl Díaz, acusado de matar y descuartizar a Romina Celeste en Lanzarote, al cumplirse cuatro años desde que ingresara en prisión provisional por el crimen y no haberse celebrado el juicio.

El acusado ingresó en la cárcel el 16 de enero de 2019, tres días después de ser detenido. En enero de 2021, el Juzgado acordó la prórroga de la prisión provisional, con fecha límite el 13 de enero de 2023.

Hay que recordar que fue detenido el 13 de enero de 2019 como supuesto autor del asesinato de Romina, de nacionalidad paraguaya y 25 años, después de que él mismo denunció la desaparición de su esposa al decir que no sabía nada de ella desde la Nochevieja de 2018.

La puesta en libertad se efectúa sin fianza y con la obligación de comparecer en el Juzgado de la zona en la que resida todos los lunes. Tiene que poner en conocimiento de la Justicia cuantos cambios de domicilio lleve a cabo. Además, se le prohíbe la salida del territorio nacional, con la retirada del pasaporte y la prohibición de que le sea expedido uno nuevo..

Según informan fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), se trata de una causa que ha pasado por varios jueces instructores y abogados defensores y cuyo procedimiento, tras habilitarse por el juzgado en agosto para acelerarlo, llegó el 29 de septiembre de 2022 a la Sección Segunda.

En este momento, se apreció que faltaba por realizar un prueba que habían solicitado las partes, por lo que se devolvió al órgano judicial para su práctica.

Con todo, la Sección Segunda recibió la causa el 20 de octubre de 2022 con una serie de cuestiones previas para resolver, lo que hizo imposible señalar el plenario.

Dichas cuestiones previas se resolvieron mediante auto de 1 de diciembre, siendo susceptible de recurso ante el TSJC, por lo que la defensa lo recurrió.