El borrador de una instrucción de la Dirección General de la Benemérita que limita el uso de dispositivos móviles para los agentes
Actualidad
02 abr. 2018

El Ministerio del Interior prepara una ley mordaza para la Guardia Civil

Un borrador, -fechado del 19 de marzo de 2018-, refrerido a una Orden general del Gabinete Técnico de la Guardia Civil al amparo del Ministerio del Interior que regula el uso de dispositivos electrónicos móviles durante la prestación de servicio de los agentes de la Benemérita, supondría "una posible vulneración, intromisión y limitación de Derechos Fundamentales para los guardias civiles en el ejercicio de sus funciones", tal como explica Antonio Vázquez, abogado y portavoz de Jusapol.

A la luz del derecho a la Transparencia de este documento que podría considerarse "una ley mordaza", al que ha accedido Radio Las Palmas, -al no considerarse un archivo clasificado ni reservado-, el letrado Vázquez, cita textualmente los artículos 8, 9 y 10 de esta instrucción y expone que "esta normativa tiene por objeto recuperar el control absoluto por parte de los altos cargos de la Guardia Civil respecto al uso de nuevas tecnologías por los agentes, evitar la libertad de expresión, impide aportar una información veraz si no hubiera grabaciones para contrastar testimonios o sucesos relatados por los guardias civiles, además de la vulneración en la defensa de los agentes ante la apertura de expedientes si no hay acceso a dispositivos que acrediten lo acaecido en reuniones, actos u otras acciones profesionales".

Vázquez sostiene que "la transparencia no debe estar reñida con la diligencia de los agentes de la Guardia Civil, y por ello, no tiene sentido esta instrucción de la Benemérita que prohíba el uso de dispositivos electrónicos, lo que supone eliminar un doble control de la información referido a cuando los guardias civiles pueden usar dispositivos corporativos y personales, pasando este doble control a manos de los jefes sin que los agentes puedan replicar".

Los Derechos Fudamentales que podrían verse vulnerados por esta Orden de la Guardia Civil a los que se refiere el portavoz de Jusapol "se circusncriben al artículo 24 de la Constitución Española que establece el derecho a la Tutela Judicial Efectiva y al artículo 20 en relación a la Libertad de Expresión", aclara Antonio Vázquez "si se abre un expediente sancionador para un agente y no dispone de dispositivos electrónicos que contengan pruebas para su defensa tanto en desacuerdo con una orden de un superior o en el cumplimiento de su función, vulneraría el derecho a la Tutela Judicial", y por otra parte, "no tiene sentido que los guardias civiles acudan al trabajo con sus dispositivos electrónicos móviles personales apagados, no puedan comunicarse con libertad, ni grabar reuniones ni expresarse a través de sus dispositivos personales ni corporativos, lo que implica una limitación del artículo 20 de la Constitución".

"Esta normativa representaría un control absoluto y único de los dispositivos móviles de los agentes por la jerarquía superior de la Guardia Civil, definido en los artículos 8, 9 y 10 de la citada instrucción, que podría albergar carácter de ley orgánica en lugar de ser una Orden, ya que con una norma pequeña tratan de limitar grandes derechos", subraya Vázquez, que enmarca esta "ley mordaza" constreñida "al uso de dispositivos electrónicos personales ante la enfermedad grave de un familiar como excepción, según reza el artículo 8, mientras prohíbe el uso de móviles personales durante el ejercicio de las funciones de los guardias civiles", "prohibición de dispositivos electrónicos en reuniones, conferencias, clases, ceremonias en función del artículo 9", y finalmente, "el artículo 10 señala la prohibición de estos dispositivos en zonas especialmente protegidas de las dependencias de la Guardia Civil". "No tiene sentido que los agentes no puedan usar sus dispositivos electrónicos ni puedan comunicarse ni grabar absolutamente nada", expone el portavoz de Jusapol, "no es una cuestión de instrucción sino de simple educación sobre el uso de dispositivos electrónicos, y de normas de protección de riesgos laborales que ya están más que tipificadas".

"La Orden de la Guardia Civil es una vuelta de tuerca para incomunicar a los guardias civiles, y de paso, si les funciona, los siguientes en ser controlados serán los polcías nacionales", asegura Vázquez, que argumenta "la Benemérita al ser una institución con rango militar no tiene demasiados recursos para recurrir esta Orden, aunque debería ser debatida con las asociaciones de guardias civiles previa a ser refrendada esta norma por la Secretaría de Estado o el propio ministro del Interior, Juan Ignacio Zoido", "pero la Policía Nacional tiene más mecanismos para desechar este tipo de control sobre los dispositivos que usan los agentes policiales".

El abogado de Jusapol explica que "fundamentalmente insiste mucho esta norma en lo que se refiere al ámbito de las reuniones de trabajo en las que parece que se preocupan en exceso de prohibir los dispositivos electrónicos para que los agentes no puedan grabar instrucciones irregulares si se diera el caso, y este hecho se traslade a un expediente jusrisidiccional", "o impedir grabar situaciones conflictivas con los mandos, que sí quedan reflejadas en dispositivos se pone en cuestión como se ejerce la autoridad en las comandancias", porque "una cosa es dar órdenes y otra cuestión es dar órdenes ilícitas que los guardias civiles y policías no tienen obligación de cumplir en función de la última sentencia del Tribunal Constitucional".

"No se trata solamente de que no puedas usar el movil en la prestación de servicio, hay que leer esta norma en profundidad, cuando se esté sometido a una jerarquia no se puede grabar ni reproducir, lo que podría suponer un comportamiento despótico con jerarquizados, abusos de poder, bloquear la capacidad de comunicarte en la libertad de la comunicacion, o indefensión ante el regimen disciplinario al no poder defender sus derechos los policías y guardias civiles si no tienen los medios para reproducir esa situación, una reunión o conferencia con una prueba testifical que pueda evitar cualquier tergiversación", subraya Vázquez, que apela a los artículos 24 y 20 de la CE y al uso de medios de garantía ante cualquier irregualridad en los expedientes.

Respecto a las llamadas "Cloacas del Ministerio del Interior", el portavoz de Jusapol entiende que "si un agente no tiene acceso a ultilizar datos recabados para denunciar una actitud comprometida ante el Cuerpo, -dado que el que no tiene pruebas se va a la calle-, sí aprueban esta instruccion de la Dirección General de la Guardia Civil en la que no puedes usar el teléfono, si te impiden utilizar dispositivos electrónicos no vas a poder acreditar hechos en otros entornos, pierdes la fuerza en los canales oficiales, y desde "las Cloacas del Interior" podría llegar a suceder que se rompan las garantías del doble control privado y público que se ejercía hasta la fecha con el uso de los dispositivos por los agentes, al quedar el control en manos de los mandos superiores".

"De momento, este borrador no es un documento secreto ni aprobado todavía, pero desde Jusapol entendemos que todas las reuniones y conferencias citadas en esta Orden han de ser a la luz con taquígrafos, donde no tiene sentido prohibir imágenes, es como apagar la luz cuando estamos en la era de la comunicación", concluye Vázquez.