La Justicia anula un acuerdo plenario de 2018 por vulnerar el procedimiento para adaptar el PIOT a la nueva legislación autonómica
Tribunales
08 oct. 2021

El Cabildo de Tenerife aprovechó la Ley del Suelo para aprobar una modificación ilegal del planeamiento insular

La Justicia anula un acuerdo plenario de 2018 por vulnerar el procedimiento para adaptar el PIOT a la nueva legislación autonómica

 

El Cabildo de Tenerife aprovechó la entrada en vigor de la Ley del Suelo de 2017 para modificar de forma ilegal el Plan Insular de Ordenación del Territorio (PIOT). Así se desprende de una sentencia dictada el pasado 20 de septiembre, a la que ha tenido acceso Mírame Televisión, mediante la que se anula el acuerdo plenario adoptado el 27 de abril de 2018, que permitió la revisión del planeamiento insular bajo pretexto de su adaptación a la nueva legislación autonómica.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 1 de Santa Cruz de Tenerife declara nulo de pleno derecho el acuerdo del Cabildo de Tenerife, al considerar que se eludió el procedimiento que establece la legislación para adaptar el PIOT a la nueva norma autonómica. En lugar de derogar la parte del planeamiento contraria a la Ley del Suelo, se optó por publicar un documento que revisaba punto por punto el principal instrumento urbanístico de la isla. 

El acuerdo fue impugnado, pero el Cabildo de Tenerife rechazó el recurso con la argumentación de que solo se trataba de una "instrucción interpretativa" de un artículo de la Ley del Suelo, "con la exclusiva finalidad de que el personal" de la Corporación insular "tenga en cuenta un solo criterio interpretativo".

En la demanda presentada en el Contencioso-Administrativo se advertía de que, "bajo la apariencia de un mero acuerdo interpretativo, se estaba procediendo a la modificación del PIOT, y ello al margen del procedimiento legal".

En el acuerdo plenario se instaba a la publicación en los boletines oficiales del nuevo acuerdo, donde se revisaba el planeamiento artículo por artículo, además de ordenar su comunicación a los 31 municipios de Tenerife y encomendar al Área de Política Territorial "la elaboración de un documento del Plan Insular de Ordenación de Tenerife actualizado (...) que deberá publicarse en la web". 

La decisión recibió el visto bueno de los consejeros de Coalición Canaria, PSOE y PP; con la única oposición de los representantes de Podemos, que sumaron cuatro votos en contra y una abstención. La sesión plenaria fue presidida por el nacionalista Carlos Alonso, mientras que al frente de Política Territorial se encontraba Miguel Ángel Pérez, actual viceconsejero autonómico de Lucha Contra el Cambio Climático.

La sentencia expone que "el acuerdo impugnado no se limita a aplicar las disposiciones normativas existentes a un caso concreto, sino que decide por sí mismo y establece cuál es el propio contenido normativo interpretando la ley autonómica".

El fallo judicial rechaza la defensa de la Corporación insular porque "no cabe que el Cabildo de Tenerife efectúe una interpretación auténtica y vinculante para los funcionarios (...) por cuanto carece de competencia para desarrollar interpretativamente el contenido de una ley autonómica que no le habilita para ello".

El Juzgado explica que la Ley del Suelo impone al Cabildo "un mandato de adaptación de sus instrumentos de ordenación", pero la legislación aclara que, sin perjuicio de su inmediata eficacia derogatoria, "los instrumentos de ordenación vigentes en el momento de entrada en vigor de la misma se adaptarán a su contenido con la primera modificación sustancial de que sean objeto".

Este recordatorio del juez pone de manifiesto que no existía obligación de aprobar instrucción alguna para adaptar el PIOT, ya que el Cabildo podía haber esperado a la tramitación futura de una modificación sustancial, lo que supondría un procedimiento más complejo que requiere de una mayor participación ciudadana y transparencia.

En cualquier caso, la sentencia considera que el acuerdo es nulo de pleno derecho, "ya que se impone a los funcionarios del Cabildo una interpretación única con efectos hacia terceros sin que previamente se haya procedido a tramitar la adaptación de los instrumentos de ordenación insulares a la Ley de 2017 a través del procedimiento legalmente establecido".