La prestación es compatible con ingresos laborales, becas, ayudas al alquiler o de emergencia
Sociedad
29 may. 2020

El Gobierno aprueba el ingreso mínimo vital, que se podrá solicitar a partir del 15 de junio

El Gobierno aprobó hoy en un Consejo de Ministros Extraordinario el ingreso mínimo vital que se podrá solicitar a parir del 15 de junio. Para pedir esta prestación, que tendrá carácter permanente,  se tendrán en cuenta los ingresos del ejercicio anterior para calcular si un hogar tiene derecho o no., pero también se contemplan fórmulas para incluir a las personas que se han convertido en vulnerables como consecuencia de la crisis ocasionada por la pandemia. El ingreso mínimo vital será compatible con las becas o ayudas al estudio, las ayudas a la vivienda y las de emergencia social de las comunidades autónomas.

Para conocer todos los detalles de esta prestación estatal habrá que esperar a la publicación del Real Decreto, pero, según preve el Ejecutivo estatal, el ingreso mínimo vitla llegará a 850.000 hogares y a 3,2 millones de personas en situación vulnerable.

Será una prestación no contributiva de la Seguridad Social y un derecho, por lo que   se recibirá siempre que se cumplan las condiciones para ello, lo mismo que sucede con el subsidio de desempleo o con la pensión. Será, además, una renta garantizada en toda España.

El umbral de renta que da derecho a la recepción de la prestación es de 462 euros al mes para una persona adulta que viva sola, cifra que va aumentando a un ritmo de 139 euros mensuales hasta un máximo de 1.015 euros. Los hogares monoparentales recibirán un plus de 100 euros mensuales.

La prestación cubrirá la diferencia entre los ingresos con que cuente el hogar respecto a la renta que el Gobierno considera como mínim para cada tipo de hogar y es compatible con otros ingresos, incluidos los laborales. No sólo se dirige a personas sin ingresos, sino a las que cuentan con ingresos muy bajos o empleos muy precarios.

Estímulo al empleo

El drecto incluye un estímulo específico al empleo. De esta manera, si un beneficiario del ingreso mínimo vital incrementa sus ingresos laborales, una parte de esa renta no computaría a efectos del ingreso mínimo vital. El objetivo es que siempre resulte conveniente aceptar un empleo y que disminuya la economía sumergida.

Para evaluar el ingreso de los solicitantes se contarán las rentas del trabajo, las rentas de capital mobiliario e inmobiliario, así como los procedentes de actividades económicas o las ganancias patrimoniales.